Hacerte autónomo paso a paso: la contratación de trabajadores

Hacerte autónomo paso a paso: la contratación de trabajadores
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Un aspecto que no podemos dejar de tratar en esta serie es la contratación de trabajadores. Las obligaciones que conlleva la contratación es un hecho que hay que tener presente a la hora de decidirnos a dar el paso.

Para proceder a dar de alta un trabajador debemos solicitar previamente en la Seguridad Social una Cuenta de Cotización a nombre de la empresa. En esta cuenta se ingresarán las cantidades que pagaremos mensualmente tanto en concepto de cuota patronal como por las retenciones realizadas al trabajador para la Seguridad Social. Las cuotas se pagan a mes vencido.

La relación laboral con el trabajador se plasmará en el contrato de trabajo. El contrato regulará las condiciones de trabajo, salario, jornada, vacaciones.. Sus derechos y sus obligaciones. El contrato deberá estar firmado por ambas partes, trabajador y empresario. Guardaremos igualmente una copia del mismo.

Es imprescindible dar de alta al trabajador en la Seguridad Social antes de que empiece a trabajar. En ningún caso puede darse un alta con efecto retroactivo. El contrato sí puede presentarse en el INEM dentro de los 10 días siguientes al inicio de la relación laboral.

La constatación del abono del salario es otro hecho de vital importancia. Al finalizar cada mes, entregaremos al trabajador la nómina, donde se recogen todos los conceptos salariales que percibe. La nómina es el recibo del salario. Debemos conservar una copia firmada para justificar que se ha abonado el salario. Si realizamos el pago por transferencia bancaria, ésta puede servirnos de justificante en caso de no tener las nóminas firmadas.

Es importante tener expuesto en el lugar de trabajo un calendario con el horario de apertura y cierre del negocio. También confeccionaremos un calendario de vacaciones donde se anotarán las disfrutadas con sus fechas correspondientes.

Por último señalar que la contratación de trabajadores obliga a elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales que encargaremos a una empresa especializada. También debemos suscribir un seguro de accidentes en caso de que el convenio al que estamos adheridos nos obligue.

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