Reduciendo sesgos

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El mercado laboral español no es demasiado propicio como para basar las relaciones laborales en el empleo por cuenta ajena ya que la precariedad es la nota predominante en el mismo. Así las cosas, y viendo que un trabajo por cuenta ajena no es garantía de tener una estabilidad laboral, muchas personas se están decidiendo a emprender por cuenta propia.

Desde mi planteamiento, el mercado laboral está excesivamente sesgado entre funcionarios, trabajadores por cuenta ajena y trabajadores por cuenta propia, con unas diferencias abismales entre los derechos de unos y de otros. En este sentido, la homogeneización de derechos, la Ley 32/2010 (PDF) intenta paliar algunas diferencias e incentivar que la gente se plantee el trabajo autónomo.

Es evidente que se tenía que hacer algo para un colectivo que está siendo especialmente expuesto a la crisis y con una manifiesta desprotección. Pero la protección no ha llegado con la determinación deseada. Así la duración, dependiendo de los periodos cotizados podrá llegar hasta un año por 48 meses de actividad. Para los trabajadorespor cuenta ajena son 2 años por 60 meses cotizados.

Además hay que tener en consideración las condiciones necesarias para tener derecho a la prestación. Esto es, haber concurrido y acreditar unas pérdidas en un año completo superiores al 30% de los ingresos o al 20% en dos años consecutivos, o lo que eslo mismo, un 20% cada año.

Las primeras prestaciones se empezará a conceder a partir de 2012, por lo que tampoco supone un bálsamo para la situación de muchos autónomos, para quienes la aplicación de la medida llegará demasiado tarde, ya que la destrucción de empleo entre los autónomos se está produciendo ya a un ritmo imparable desde que comenzó la crisis.

Para finalizar, está la cuestión de la incertidumbre por la viabilidad financiera de la prestación. Al grado de aceptación que pueda tener entre el colectivo de trabajadores autónomos, teniendo en cuenta la evolución de los recursos por cotización y el coste de la prestación, así como el actual entorno, no hay que resultar ser demasiado agorero para estimar que se produzca una situación de pérdidas económicas a partir del tercer año de gestión de la prestación.

En este sentido, que la propia norma establezca la revisión del sistema transcurridos dos años desde la entrada en vigor de la ley para la evaluación de su funcionamiento y valorar si procede la modificación de la cuantía de las prestaciones o el modelo de gestión, así lo confirma.

Imagen | Sergis blog En Pymes y Autónomos | Autónomos

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