Tener que estar afiliado a la seguridad cotizando por la base mínima, a pesar de no generar estos ingresos ha sido uno de los grandes problemas por los que muchos autónomos o no cotizaban o buscaban sustento en las cooperativas de autónomos. Pero la realidad es que si se cotiza según ingresos las cooperativas de autónomos dejarían de tener sentido.
Ahora se da la razón a estos autónomos que utilizaban estas cooperativas para facturar. Pero sin embargo desde el Ministerio afirman que van a seguir manteniendo el mismo criterio. La falta de Gobierno no ayuda, ya que muchos autónomos seguirán sin darse de alta mientras no tengan la seguridad jurídica necesaria o lo harán mientras la tarifa plana les pueda dar cobertura. Pero después vuelta al limbo.
El problema es que aquí se ha ido contra la parte más débil, el autónomo que no llegaba al SMI, pero al que a pesar de todo se le reclaman las cotizaciones que debería haber pagado. Realmente da igual si trabajamos dos días al mes o todo el mes, lo importante es que cada uno pague en función de lo que factura y sus beneficios. Un consultor puede trabajar una semana y generar un factura de 3.000 euros. Un community manager estar todo el día pegado a las redes y no generar ni 600 porque no tiene suficientes clientes.
La Seguridad Social está necesitada de ingresos, pero lo cierto es que no pueden trasladar sus problemas a los administrados, algo por otro lado bastante habitual. Es una cuestión política, mejorar la financiación del ente, y que a su vez las cotizaciones sean más justas para todos, pagando según lo que se genera y cobrando después acorde a dicha situación.
Pero mientras que ellos no hacen realmente su trabajo y están mirando para otro lado, los autónomos siguen con inseguridades jurídicas que acaban siempre de la misma manera. Tu primero paga y luego ya reclamarás. O dicho de otra manera, es el administrado el que financia a la administración, aún sabiendo que no tiene razón. No es el único caso, el paro de los autónomos, ahora obligatorio para cotizar, sigue siendo la única partida con superávit de la Seguridad Social.
Ocurre lo mismo con Hacienda y los criterios de las dietas de autónomos, los gastos de suministros para los que trabajan en casa, los de vehículos privados, etc. Hablamos siempre de gastos afectos a la actividad económica, pero que no entran según el criterio que aplica la Agencia Tributaria. Y mientras tanto los más débiles a pagar y escuchar como se les considera un foco de fraude.
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