Es curioso cómo por un lado comenzamos a liberalizar servicios y por otro lado, las propias empresas prestadoras de servicios de recobro de deudas comienzan a solicitar una regulación específica para el sector.
Según las propias empresas del sector, se hace necesaria una regulación que cierre la puerta al intrusismo y dote de protección jurídica al moroso frente a los abusos que puede ser sometido como por ejemplo la divulgación de datos privados y la representación pública de la situación económica que sufre una persona o familia. Según reclama el propio sector argucias como "El conejito Cobrador" "el cazamorosos" "cobrador del frac" y similares puede tener los días contados, aunque la pregunta que yo lanzo va más allá. El sistema actual protege al moroso mediante la LOPD, el código civil en muchos de sus puntos e incluso el Código Penal para situaciones de extorsión, chantaje o amenazas ¿por qué es necesaria una regulación específica si el moroso puede denunciar todo este tipo de atropellos?
Nunca me he mostrado partidario de los sistemas de cobro con representaciones teatrales públicas, puesto que dudo de la efectividad real de los mismos y porque no lo considero siquiera correcto. No obstante, lo que realmente quiere el sector es la creación de un directorio específico que impida la aparición de nuevas empresas en este sector. en un punto que los impagos entre empresas y particulares no paran de crecer.
Lo que realmente se necesita es un sistema judicial ágil para materializar el recobro de impagos en los casos que exista patrimonio y no se quiera pagar desde el punto de vista de los morosos profesionales, porque puestos a regular, si mi empresa tiene un moroso y yo como titular legítimo del derecho de cobro me dedico a perseguir al moroso disfrazado de Bugs Bunny, ninguna norma de rango legal puede prohibírmelo desde luego.
Vía | Cinco Días En Pymes y Autónomos | Inscribir en el ASNEF a nuestros morosos, El derecho al honor y los registros de morosos Imagen | Sonia from Marseille