Desde el pasado 12 de julio de 2015, y después de un período transitorio de casi tres años, los nuevos profesionales autónomos pueden aplicar un 7% de retención por IRPF en sus facturas durante los dos primeros años de actividad, en lugar del 9% que estuvo vigente con carácter excepcional. A partir de ese segundo año, estarán obligados a aplicar un 15% en las mismas.
Sin embargo, para estos nuevos profesionales, la aplicación del 7% en las facturas es más un derecho que una obligación, a diferencia del resto del colectivo y de las empresas que aplican retenciones a sus empleados, que están obligados a aplicar las retenciones que la Agencia Tributaria les indique en función de sus circunstancias personales. Pero, atentos, porque aplicar solo un 7% puede no ser una buena idea.
Y es que, al retener un porcentaje de la factura mucho menor, lo único que estamos haciendo es pagar menos por adelantado a Hacienda, aumentando nuestra liquidez de manera temporal. Hay muchas personas que confunden este concepto, pues el porcentaje que se aplica en las retenciones a cuenta no tiene por qué estar relacionado con lo que finalmente tenemos que abonar a Hacienda.
Así, cuando tengamos que presentar el Modelo 130 en cada trimestre, y especialmente cuando tengamos que presentar la declaración de la renta de manera anual, podemos llevarnos una inesperada sorpresa: que tengamos que pagar bastante más de lo que teníamos previsto por culpa de haber aplicado una retención tan baja.
Dicho de otro modo, tendremos que pagar después lo que no hemos querido pagar antes, y esto puede que no nos convenga. Lo mejor es que realicemos los cálculos adecuados para comprobar si nos merece la pena retener un 15% en concepto de IRPF en lugar del 7% inicial, teniendo en cuenta cuáles son los conceptos que nos podemos deducir y si pasamos de un tramo a otro.
Así que, píensalo dos veces antes de tomar una decisión, porque aplicar una retención más baja no tiene por qué ser una buena idea. Hacienda no es tonta, y va a exigir el pago completo de IRPF que nos corresponda en función de nuestros ingresos.
En Pymes y Autónomos | El porcentaje de retención en facturas y las previsiones de la declaración de la renta
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