Aparece publicada en el BOE la orden ministerial que modifica el modelo 202, modelo para efectuar los pagos a cuenta del impuesto de sociedades e impuesto sobre la la renta de no residentes. Este modelo trae una importante novedad para las grandes empresas, dado que elimina el modelo 218, modelo que se utilizaba hasta ahora para realizar los pagos fraccionados en las grandes empresas.
Desde abril, los pagos fraccionados del impuesto de sociedades se unifican este modelo 202, existiendo a la vez la posibilidad de realizar presentaciones negativas del modelo sólo para grandes empresas. Respecto a grupos de sociedades, entidades en régimen especial del impuesto y cooperativas, se seguirá utilizando el modelo 222 como hasta ahora.
Respecto a los plazos de presentación, no se producen alteraciones en la orden inicial, manteniendo los tres pagos fraccionados que existen actualmente, con fechas límite del 20 de abril, 20 de octubre y 20 de diciembre. La presentación telemática es obligatoria para las sociedades y en el caso del impuesto sobre la renta de no residentes, se habilitará en la web de la Agencia Tributaria un módulo de validación e impresión del modelo que podrá ser tramitado por las distintas entidades financieras.
Más Información | Orden EHA/664/2010 que aprueba el modelo 202 (BOE - PDF) En Pymes y Autónomos | Impuesto de sociedades