Próximas modificaciones en los aplazamientos de deudas tributarias

Próximas modificaciones en los aplazamientos de deudas tributarias
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El Congreso acaba de aprobar una proposición no de ley que flexibilice los procedimientos de aplazamientos de deudas tributarias. En la actualidad, aplazar una deuda con la AEAT de importe superior a 6.000 euros requiere presentar un aval por las cantidades aplazadas.

Se insta a modificar el reglamento actual de recaudación para que se puedan aplazar deudas globales de IRPF e IVA que no excedan de 18.000 euros sin presentar ningún tipo de aval. Respecto el IRPF, no se ha aclarado si corresponde con los pagos a cuenta de autónomos, o con las cantidades retenidas a terceros. Por otra parte, se va a ofrecer también la posibilidad de aplazar deudas hasta 75.000 euros sin aval, si la empresa se compromete a pagar 1/3 de dicha deuda en el plazo de diez días desde la concesión del aplazamiento y no pudiendo exceder en dos años el cuadro de pagos propuesto.

Por otra parte, se espera que el plazo máximo de dos meses, se actualice el tipo de interés de demora, que en la actualidad se encuentra al 7%. Bastante lejos del 1,90% que se encuentra el euribor.

Ya nos anunció Manuel que se prevé dejar el tipo legal al 5%, importe que sigue siendo muy alto para la evolución actual de los tipos y las perspectivas que presenta para este ejercicio.

Por otra parte, dos meses es mucho tiempo para esta medida, puesto que debería encontrarse aprobada antes del 20 de abril, primer vencimiento trimestral de obligaciones tributarias para las pymes que no tengan la obligación mensual de presentar declaraciones.

Vía | El Pais Imagen | Macram En Pymes y Autónomos | Rebaja de intereses En Pymes y Autónomos | Aplazamiento de deudas

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