La crisis de la COVID-19 está teniendo una repercusión importante en el tejido empresarial español. Las medidas puestas en marcha por el Gobierno parecen no ser suficientes, y las empresas ya piensan en cómo afrontar la vuelta a la normalidad con plenas garantías para solucionar la falta de ingresos.
Por eso, el Consejo de Ministros aprobará un Real Decreto Ley al que ha tenido acceso El Economista en el que, entre otras cosas, aprobará una batería de medidas para rebajar las condiciones para acogerse a la Ley Concursal.
Su objetivo es evitar la liquidación de miles de empresas insolventes que no puedan hacer frente a la nueva realidad surgida tras el coronavirus. Sin embargo, en ocasiones, será un procedimiento administrativo que difícilmente podrá ayudar a las empresas a sobrevivir.
Esta flexibilización supone una modificación de la Ley Concursal actual en virtud de la cual el concursado podrá presentar una modificación del convenio en tiempo de cumplimiento durante el año siguiente al fin del estado de alarma, y no mientras esté vigente esta situación, como en la actualidad está previsto. También se acompañará una relación de créditos concursales pendientes de pago, así como un plan de viabilidad y de pagos.
El borrador regulará, además, que esta moratoria no afectará al resto de obligaciones del convenio por el deudor o por terceros, ni tampoco a los acuerdos singulares de pago que el concursado haya alcanzado con acreedores no vinculados al convenio previos al estado de alarma.
El objetivo es dar más margen a las empresas para recuperarse de la crisis del coronavirus y evitar el temido colapso en los juzgados, ante la previsible avalancha de solicitudes que se espera por parte de las empresas.