A partir de mañana, la mayor parte del país se va de vacaciones. Al llegar agosto, las ciudades se vacían y quedan desoladas, mientras las playas se ven inundadas de domingueros.
Aunque la mayoría de empresarios no comete irregularidades en lo que concierne a las vacaciones de sus empleados, hay quien sigue pensando que los días de descanso son un lujo que sólo ellos, los empresarios, se merecen. En muchos casos, bien por mala fe o por desinformación, se cometen prácticas ilegales y por tanto denunciables y perseguibles por la justicia. Como en Pymes y Autónomos somos bien pensados, estamos seguros de que tratáis correctamente a vuestros empleados. Sin embargo, y sólo por si acaso, os dejo una lista de prácticas a evitar:
- Dar 15 días de vacaciones (o cualquier otro periodo aleatorio) y pagar el resto: Según el art. 38 del Estatuto de los trabajadores, por cada año trabajado corresponden 30 días de vacaciones pagadas a cargo de la empresa. Estos días de descanso no pueden sustituirse por ningún otro tipo de compensación.
- No abonar los días de vacaciones: Como ya hemos indicado en el apartado anterior, corresponde al empresario abonar el salario correspondiente a los días de asueto.
- No conceder las vacaciones en los días solicitados por el trabajador: Si consultamos una vez más el Estatuto de los trabajadores, el trabajador puede elegir los días en que disfrutará de sus vacaciones, siempre y cuando lo comunique a la empresa por escrito con una antelación de dos meses.
- Aprovechar las vacaciones del trabajador para despedirlo al término de estas: Ante esta situación hay que contemplar dos circunstancias. Si el trabajador tiene 15 días de vacaciones y el día anterior a estas se entrega la carta de despido, esta conducta es legal (aunque poco ética), ya que la ley obliga a que el trabajador reciba un preaviso y a que disfrute de las vacaciones. Si el empresario obliga a que el trabajador se vaya de vacaciones y aprovecha esta circunstancia para despedirlo al termino de estas, tal actuación podría impugnarse frente a los tribunales, ya que la ley contempla que las vacaciones fijadas por el empresario han de comunicarse con 60 días de antelación.
- Despedir a un trabajador antes de las vacaciones para no tener que pagarlas: Si el trabajador tiene derecho a vacaciones y es despedido, en el finiquito deberá de compensársele por los días no disfrutados.
Estoy seguro de que sois empresarios responsables y que cumplís con la legalidad vigente. Así que sólo me queda desear, tanto a vosotros como a vuestros trabajadores, unas felices vacaciones.
Más información | Estatuto de los trabajadores
Imagen | Eustaquio Santimano
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