La nueva reforma laboral: la negociación colectiva

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La nueva reforma laboral también ha modificado los términos de la negociación colectiva. Estos cambios afectan a dos grandes temas, la ultraactividad y la posibilidad de que las empresas puedan aplicar el descuelgue de los convenios.

Estos dos temas han formado parte de las negociaciones entre los agentes sociales y ya estaban en cartera en la reforma que acometió el Gobierno anterior, pero que no se llegó a materializar. Ahora esta nueva reforma ha entrado a reformar ambos aspectos.

A partir de la entrada en vigor e esta reforma, la prórroga automática de las condiciones de los convenios colectivos una vez que estos han agotado su vigencia se limitará a dos años. Ese es el plazo del que dispondrán patronal y sindicatos para llegar a un nuevo acuerdo y durante el que se mantendrán las condiciones del convenio ya vencido.

A partir de ahí, si no hay acuerdo, esas condiciones quedan en suspenso y ambas partes deberán someterse a un arbitraje o mediación, cuya resolución será vinculante para las partes. Se trata de que no haya una dilación indefinida en la negociación de los nuevos convenios y de establecer un plazo máximo antes de que sea un tercero el que defina el nuevo marco laboral.

La nueva reforma dará prioridad a los convenios de empresa y deja abierta la posibilidad de que las empresas puedan acudir al descuelgue de los convenios sectoriales. Para ello, las empresas en dificultades, podrán acogerse a la no aplicación de las medidas incluidas en los convenios colectios, buscando el acuerdo con los trabajadores y, si este no se produjera, recurriendo a una solución extrajudicial.

Dejando aparte las dificultades para alcanzar acuerdos entre empresa y trabajadores en la no aplicación de los términos de los convenios, ésta es una medida necesaria. Hay que tener en cuenta que en el caso de las pymes, el peso que éstas tienen en las negociaciones de los convenios es mínima y muchas veces se hace muy complicado para las empresas pequeñas el poder ofrecer las mismas condiciones salariales o laborales que las grandes empresas del sector, que son quienes negocias esos términos.

En ambos casos la posibilidad de someterse a arbitraje o mediaicón puede servir para evitar los abusos que pudiern producirse y servirá de garantía para todos.

En Pymes y Autónomos | <a hreg="El fin de la ultraactividad Imagen | La Moncloa

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