La responsabilidad de los administradores societarios sobre las deudas tributarias

La responsabilidad de los administradores societarios sobre las deudas tributarias
Sin comentarios
HOY SE HABLA DE

Tratamos en el post anterior la posible derivación de responsabilidades hacia los administradores societarios de los hechos acaecidos en el desarrollo de la actividad de la sociedad. Un caso particular de este tema es el que se refiere a la responsabilidad en caso de deudas tributarias.

La Ley General Tributaria establece que " la Ley podrá configurar como responsables solidarios o subsidiarios de la deuda tributaria, junto a los deudores principales, a otras personas o entidades", por tanto debemos considerar que los administradores pueden ser designados por la autoridad tributaria como resposables de las deudas y proceder contra ellos.

La propia Ley determina que, salvo precepto legal contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria. Eso significa que para que se produzca esa derivación de responsabilidad es necesario que previamente la Administración declare la insolvencia de la sociedad y la inexistencia de bienes embargables de la misma. En los casos en los que se decretara responsabilidad solidaria se le podría exigir esa responsabilidad en cualquier momento, sin mediar declaración de insolvencia.

La responsabilidad de los administradores de las sociedades mercantiles que hayan cometido infracciones tributarias quedará manifiestamente demostrada en los casos en los que de confirme la comisión de una infracción tributaria por parte de la sociedad y se compruebe la existencia de una conducta negligente por parte del administrador.

Esa conducta puede consistir en no conducirse con la diligencia necesaria para el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la entidad, si la infracción fuera por la falta de presentación de las declaraciones tributarias de la sociedad; por haber consentido el incumplimiento de dichas obligaciones por parte de las personas que de él dependan; o por haber tomado decisiones que hayan permitido la comisión de la infracción por parte de dicha sociedad. El alcance de esta responsabilidad del administrador se extenderá al total de la deuda tributaria, incluidas las sanciones.

En Pymes y Autónomos | Infracciones Tributarias: supuestos de no responsabilidad Imagen | ImagesofMoney

Temas
Comentarios cerrados
Inicio