Cuando la contabilidad comienza a ser un libro de ciencia ficción

Cuando la contabilidad comienza a ser un libro de ciencia ficción
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IC se me ha adelantado con su entrada de Crisis Contables. No, mejor dicho ha abierto el camino a una entrada que llevaba intentando digerir desde el día 13 de diciembre. Se publicó en el BOE el RD 10/2008 por el que se le da “cobertura legal a algunas excepciones de incurrir en causa de disolución de sociedades y tiro otra vez porque me toca”.

El decreto es simple, y os transcribo la Disposición Adicional Única:

1. A los solos efectos de la determinación de las pérdidas para la reducción obligatoria de capital regulada en el segundo párrafo del artículo 163.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, y para la disolución prevista en los artículos 260.1.4.º del citado texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y 104.1.e) de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, no se computarán las pérdidas por deterioro reconocidas en las cuentas anuales, derivadas del Inmovilizado Material, las Inversiones Inmobiliarias y las Existencias. 

Aplicación e implicaciones prácticas. El 01/01/2006, Pepito y sus tres socios que tienen un cierto dinero, deciden comprar un local comercial para venderlo a posteriori. Coste adquisición: 200.000 euros. Disponen de 30.000 euros entre los tres, constituyen una SL, y financian parcialmente dicha adquisición con una hipoteca, por ejemplo 170.000 €. Su patrimonio neto (activo menos pasivo) es de 30.000 euros, evitando considerar gastos y demás.

Ahora bien, el 31/12/2008 dicho local vale a precio de mercado 150.000 euros, con lo cual si aplican una corrección valorativa tal cual marca el nuevo plan general contable, su patrimonio neto es de 10.000 euros, cifra inferior al 50% del capital social y motivo bien de disolución, bien de ampliación de capital para restituir sus fondos propios.

Pues no tienen que hacer nada de esto, es decir, cogen, se sientan, se fuman un cigarrito y esperan dos años a que pase la marejada porque el decreto aprobado les exime de las obligaciones de causa de disolución de los artículos al respecto de la Ley de Sociedades Anónimas y del Código de Comercio.

Esto es maravilloso por los siguientes motivos:

  • Pepito y sus socios se esperan pacientemente a que se calmen las aguas para que su inversión inmobiliaria vuelva a sus cauces normales, sin tener que ampliar capital en su sociedad.
  • Le quitamos un problema al banco hipotecante, puesto que la disolución de esta sociedad obliga a concurso necesario o aflojarse el bolsillo cada uno eliminando la deuda con el banco. Además, suponemos que el banco no obliga a aportar garantías adicionales si Pepito y Cia pagan religiosamente su cuota y evitamos que tengan que hacerlo si actualizan su balance.
  • Por otra parte, se realiza y se refuerza la tesis del colapso inmobiliario, dado que se incentiva a que no se baje el precio de los activos inmobiliarios, impidiendo que el mercado se corrija por si sólo y que cada palo aguante su vela.
  • Para rizar el rizo, si Pepito y cia tienen una actividad secundaria como puede ser el alquiler del propio local y tienen unos ingresos netos de 30.000 euros, podrían repartirse dividendos sin ningún problema, puesto que si nos ponemos papistas, no tienen por qué proceder a realizar la corrección por depreciación de activos en su contabilidad, presentando un balance igual que si una novela de Asimov fuese. En última instancia prima el balance depositado en el registro mercantil con las cuentas anuales.

Ahora bien, si la cuestión llega a concurso, porque Pepito deje de pagar la hipoteca, las garantías de cobro del banco se habrán visto mermadas, puesto que no se han realizado las oportunas ampliaciones de capital, y si ha habido actividad se ha descapitalizado la sociedad vía reparto de dividendos. ¿Alguien ha oido hablar de Martinsa? Pues mirad en Google y la papeleta de valoración de activos, así como los repartos previos de valoraciones.

Por si fuera poco, la cuestión no queda aquí, porque las depreciaciones por activos financieros se van a reflejar cuando realmente se materialicen, con lo que vamos a conseguir desvirtuar todas las contabilidades de nuestras empresas y bancos, que es quizá peor, permitiendo que muchas empresas puedan repartir dividendos sustentando una solidez empresarial en un balance ficticio.

En definitiva, siempre he dudado de la utilidad práctica de la contabilidad, de sus principios de prudencia, de sus normas de valoración, pero decretos como éste sólo favorecen crear situaciones ficticias de riqueza y no asumir realmente los riesgos empresariales que conlleva cualquier actividad. Manipulación contable de alta gama a golpe decreto ley.

En Pymes y Autónomos | Crisis contables: Aproximación y soluciones
Más Información | R.D. 10/2008 que adoptan medidas financieras y otras normas complementarias
Imagen | Yosi

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Comentarios cerrados
    • A mi lo que más me jode con perdón, es la forma de desvirtuarla a la que hemos llegado. Cuando la propia contabilidad pierde su potencia de información y toma de decisiones, sólo sirve para realizar trámites burocráticos y como herramienta de apoyo para la liquidación de la mayoría de impuestos.

      Para eso, que se reforme totalmente el código de comercio y dejemos esa carga administrativa que no nos aporta nada en la mayoría de los casos.

    • Pero este tipo de ajustes tienen que ser asimétricos siempre. Imaginemos pues que tenemos que valorar a valor razonable todo el inmovilizado de la empresa y reflejemos dichos incrementos en patrimonio.

      ¿Cuanto sería entonces el patrimonio de Coca-Cola? O Microsoft? No se puede permitir una corrección valorativa simétrica considerando sólo parcialmente el activo o dejando en un segundo plano el principio de prudencia. Si entramos en este tipo de valoraciones, tenemos que realizar una valoración completa de la empresa, y ahí si que tenemos mucha tela que cortar.

      Respecto la entrada de la Ley del Suelo, la cuestión se veía venir tal cual expones perfectamente. Pero no obstante, ¿que va a pasar cuando transcurran estos dos años? ¿Damos otra prórroga y mantenemos la situación indefinidamente? Alargamos la agonía del enfermo?

      Lo que es obvio que gran parte del sector está herido de muerte, y que la única solución pasa por asumir pérdidas y liquidar aquellas sociedades que su valor patrimonial sea inferior al valor del mercado y no puedan restituir sus garantías con fondos propios, no vía refinanciaciones.

      Mediante un ajuste serio en el sector, quizá saldríamos antes del callejón sin salida que parece que se encuentra la mayoría de inmobiliarias del pais.

      Es más, me gustaría ver la cara de los departamentos de riesgos cuando le presenten un balance en quiebra técnica, sepan a ciencia cierta que hasta que no pasen 30 años no se van a revalorizar los activos de la empresa, y no tengan cubiertas las garantías. Vamos, para partirse de risa.

    • Evidentemente, mucha gente ha interpretado esto para salvarles la cara a muchas inmobiliarias. Y puede que algo de ello haya. Pero me sigue pareciendo injusto que empresas a las que les va objetivamente bien, a diferencia de la Martinsa de turno, se vena afectados por estos cambios contables hasta el limite de llevar a su sociedad al borde la disolución. A partir de ahí,la contabilidad tiene sus limitaciones, y efectivamente, a corto, da lo que uno quiere que de. Yo me mosqueo especialmente cuando hay cambios de criterio de un año para otro por parte del contable. Pues estos cambios del legislador también me mosquean. Especialmente cuando son asimétricos (las perdidas si, pero los beneficios no te los contabilizo). Más que sanar la empresa, parece que desea practicar la eutanasia. Y desde luego no creo que reflejen una imagen fiel. Por eso la prorroga es una solución a la tremenda filfa que ha supuesto la Ley (me imagino que habrán aprendido de la Ley del Suelo y sus efectos contables y financieros).

    • Pues no puedo estar mas de acuerdo contigo en lo de que la contabilidad sirve para muy poco en la realidad empresarial de este país tanto para las grandes empresas como para las pequeñas.

      Una buena imagen de una pyme nos la da una buena gestión de la misma y no 4 cifras que esconden mas de lo que muestran.

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