Revisa si sufres alguna de estas enfermedades porque tienes derecho a pedir la pensión por incapacidad permanente en 2024

Revisa si sufres alguna de estas enfermedades porque tienes derecho a pedir la pensión por incapacidad permanente en 2024
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Uno de los factores que se tienen en cuenta a la hora de conceder o denegar la pensión por incapacidad permanente es la enfermedad que sufres. Sin embargo, este factor no es el único que se tiene en cuenta a la hora de concederla, pero sí el más importante.

945.000 fueron las pensiones contributivas por incapacidad permanente que se pagan en España todos los meses, son datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y corresponde al mes de marzo.

Esta prestación trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando a raíz de un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, su capacidad laboral se ve anulada o reducida.

No hay enfermedades que garanticen la pensión por incapacidad permanente

La realidad es que no hay enfermedades que garanticen la concesión de la incapacidad permanente. De hecho, entre dos personas que padezcan la misma enfermedad puede darse el caso de que una de ellas cobre y la otra no. Y esto dependerá del tipo de trabajo, de las dolencias de uno y otro adicionales, o de cómo le afecta la enfermedad a su vida cotidiana o laboral.

Pero el historial de concesiones de estas pensiones o del tratamiento de cada caso sí que puede ser relevante a la hora de conceder la pensión de incapacidad permanente. Las enfermedades que mostramos no garantizan la pensión, pero sí son las que más opciones tienen de poder conseguirla.

En el caso de la incapacidad permanente de gran invalidez, el máximo grado, se da cuando un trabajador no puede realizar ningún tipo de trabajo y tampoco puede ocuparse por sí mismo de los actos esenciales para su día a día.

Enfermedades que dan derecho a solicitar la incapacidad permanente

El Instituto Nacional de la Seguridad Social es el encargado de declarar la incapacidad permanente, después de que la persona pase por un proceso de evaluación médica y social.

Las personas deben tener entre 18 y 56 años, residir en España durante al menos cinco años y que cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 65% y no superen el límite de ingresos anuales establecidos por la pensión no contributiva de la jubilación.

Aunque no existe un listado de enfermedades oficial, te mostramos las más habituales:

  • Dermatitis
  • Colitis ulcerosa
  • Enfermedad de Crohn
  • Obesidad mórbida
  • Pancreatitis crónica
  • Arterioesclerosis
  • Cardiopatías
  • Miocardiopatías
  • Aneurisma
  • Arteriopatías
  • Fibrilación auricular
  • Hipertensión pulmonar
  • Infartos agudos de miocardio
  • Insuficiencia mitral
  • Taquicardias
  • Tetralogía de Fallot
  • Agorafobia
  • Depresión
  • Esquizofrenia
  • Límite de personalidad o por estrés postraumático
  • Síndrome Burnout
  • Trastornos de ansiedad
  • Trastorno bipolar
  • Trastorno obsesivo compulsivo
  • Fibromialgia
  • Lupus eritematoso sistémico
  • Sensibilidad química
  • Síndrome de fatiga crónica
  • Insuficiencia renal crónica
  • Trasplante de riñón
  • Apnea del sueño
  • Asma profesional u ocupacional
  • Enfermedades respiratorias provocadas por amianto
  • Enfisemas
  • EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica)
  • Sarcoidosis
  • Alzheimer
  • Demencia
  • Esclerosis múltiple
  • Ictus
  • Miastenia gravis
  • Migrañas
  • Neuropatía periférica
  • Parkinson
  • Desprendimiento de retina
  • Glaucoma
  • Neuropatía óptica
  • Pérdida de visión
  • Uveítis
  • Cáncer de mama
  • Cáncer de pulmón
  • Cáncer de recto
  • Hipoacusia
  • Síndrome de Ménière
  • Artritis reumatoide o psoriásica
  • Espondilitis anquilosante
  • Fibromialgia
  • Enfermedad de Perthes
  • Gonartrosis
  • Hernia cervical
  • Lumbalgia
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