El pasado dos de diciembre se publicó en el BOE la resolución de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre el Libro de Visitas electrónico. Esta resolución permite la posibilidad a las empresas que así lo soliciten de sustituir el libro en papel tradicional por esta nueva modalidad electrónica.
Para poder acogerse a ella, las empresas deberán acreditar (aunque no especifica de que manera deben hacerlo) que en el centro de trabajo en el que se vaya a sustituir el libro se disponga de un ordenador con conexión a Internet y un dispositivo lector de tarjetas inteligentes. De momento, en la página web de la Inspección de Trabajo sólo está disponible la nota informativa y la descarga del formulario de solicitud, junto con el aviso de que se incluirán próximamente tanto el software específico para poder trabajar de esta forma como las instrucciones para manejarlo.
Para variar, no les ha dado tiempo a tenerlo todo dispuesto antes de publicar la información, pero es algo a lo que las Administraciones Públicas ya nos tienen acostumbrados. Para ir abriendo boca, os dejo el enlace a la resolución y al formulario de registro, y os informaremos en cuanto tengan disponibles el resto de utilidades.
Más información | Inspección de Trabajo y Seguridad Social Más información | Resolución BOE (PDF) Más información | Formulario para la solicitud (DOC)