He perdido mi certificado digital, ¿cómo puedo revocarlo para que nadie lo pueda utilizar?

He perdido mi certificado digital, ¿cómo puedo revocarlo para que nadie lo pueda utilizar?
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El certificado digital debería ser custodiado del mismo modo que lo hacemos con el DNI o una tarjeta de crédito. Sin embargo, no siempre ocurre así. En muchas ocasiones se instala en un ordenador, que no siempre es de uso privado y al que podemos dejar de tener acceso. O lo hemos extraviado. Por eso vamos a ver cómo puedo revocar un certificado digital para que nadie lo pueda utilizar.

También en el caso de que tengamos sospechas de que el certificado se puede haber exportado y hemos perdido el control de las copias que pueden estar circulando o instaladas en diferentes equipos. O porque nos han robado un portátil donde lo teníamos instalado.

La revocación no es otra cosa que hacer que el certificado deje de ser válido antes de que llegue su fecha de caducidad. Es una acción que no se puede deshacer. Una vez revocado, no se podrá reactivar y en todo caso tendremos que solicitar uno nuevo.

Revocar el certificado digital si tenemos acceso al mismo

En este caso, ya que tenemos acceso a una copia del certificado digital revocarlo es muy sencillo. Basta con identificarnos en la sede de la FNMT o el organismo que lo haya emitido y solicitar su revocación que será inmediata.

Más allá de los datos personales lo único que nos solicita el la causa de la revocación. Tras completar todos los datos, firmamos con nuestro certificado y queda completado el trámite.

Revocar el certificado digital si no tenemos acceso al mismo

Puede darse el caso de que no tengamos acceso a este certificado, por ejemplo, porque lo instalamos en el ordenador del trabajo, pero ya no tenemos esta computadora que ha pasado a otra persona, o simplemente dejamos la compañía.

En estos casos hay dos posibilidades. La primera es solicitar la revocación del certificado telefónicamente, para lo cual tendremos que personarnos en una oficina de acreditación solicitando cita previa.

La segunda opción es hacer una nueva solicitud de certificado digital, que una vez concedido revoca automáticamente el anterior. Esta es la fórmula más sencilla si lo que queremos es poder seguir tramitando y trabajando telemáticamente con la administración electrónica.

Por último, una cuestión diferente es si hemos apoderado electrónicamente a alguien para que actúe en nuestro nombre. En este caso, si ya hemos terminado la relación profesional con esta persona, lo que tenemos que hacer es retirar el apoderamiento, no revocar el certificado. 

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