¿Algo está cambiando en España?

¿Algo está cambiando en España?
1 comentario

Personalmente me considero escéptico acerca del goteo, y en ocasiones, marea de propuestas con las que nos obsequia el Gobierno de España y, también, los gobiernos regionales. Este comentario pudiera llevar al error de que estoy condicionado por algún tipo de simpatía o antipatía política, cuando no hay nada má lejos de la realidad.

Sin embargo, sí que es cierto que, en ocasiones, me encuentro un tanto despistado porque la actitud que sigue el Ejecutivo obliga a estar "colgado" del BOE si se quiere estar realmente informado, porque muchas iniciativas y propuestas que los presentan como hechos consumados, pasan los meses y se quedaron en declaración de buenas intenciones.

De este modo, me plantea serias dudas los presupuestos que se plantean para incentivar la creación de empleo que, si no me equivoco, era de 45.000 millones de euros, en un escenario de recortes generalizados, me plantea dudas de su viabilidad porque no se ha indicado de donde saldrán los recursos necesarios para poder aplicarla y la cantidad que se maneja no se puede calificar de inmaterial.

Por otra parte, el criterio de caja para el IVA repercutido, que por todos es bienvenida, me plantea tantas dudas como la anterior. ¿Puede prescindir (o aplazar)el Estado de una cantidad, que a priori, debe ser más que sustancial en lo que a recaudación de IVA se refire?. Sinceramente, con el escenario de 2013 y que las previsiones para 2014 son casi miserables, lo veo infactible.

Sin embargo, hay algo que en particular sí que me parece factible y es la medida que hace referencia a la canalización de recursos a la actividad emprendedora. Según esto, el inversor particular que participe temporalmente en empresas nuevas o de reciente creación aportando capital financiero exclusivamente (capital semilla), o capital financiero acompañado de sus conocimientos empresariales o profesionales para el desarrollo de la actividad de la sociedad en la que invierten (inversor de proximidad o business angel) tendrá un doble incentivo fiscal:

a) Una deducción del 15% en la cuota estatal del IRPF por la inversión realizada al entrar en la sociedad, con un funcionamiento similar a la deducción en vivienda habitual.

b) Una exención parcial de la plusvalía (50%) al salir de la sociedad, siempre que se reinvierta en otra entidad de estas características. La inversión deberá ser temporal, de manera que deban transmitirse las acciones entre el tercer y el noveno año de tenencia de la participación.

Esta propuesta sí que me parece de utilidad por ser realista y fácill de llevarla a la práctica, y desde mi punto de vista, ya era hora que dejásemos de lado la cultura del terruño que tanto predomina en España y que se reflejaba en la deducción por vivienda y que se empiece a apoyar a la economía productiva, favoreciendo a quienes quieran invertir en la creación de empresas.

Imagen | yaraaa En Pymes y Autónomos | Emprendedores

Temas
Comentarios cerrados
Inicio