A la hora de tributar, existen dos sistemas a través de los cuales los autónomos pueden atender sus obligaciones fiscales: el sistema de estimación directa y el sistema de estimación objetiva, más conocido con el nombre de módulos. Mientras el primero de ellos se basa en la facturación real obtenida por el autónomo en el ejercicio, en el sistema de módulos, la tributación depende de una serie de características objetivas de su negocio, como el número de metros cuadrados del local, el número de empleados del negocio o el consumo de electricidad, entre otras opciones.
Si bien todos los autónomos pueden tributar por el sistema de estimación directa, para tributar por módulos es necesario tener en cuenta una serie de factores, entre los se encuentran los ingresos obtenidos por el trabajador en un ejercicio fiscal. Pero, ¿qué le conviene más a un autónomo que puede elegir entre ambas modalidades?
¿Qué implica tributar por módulos?
A la hora de optar por uno u otro sistema para tributar, debemos tener en cuenta una serie de factores que nos ayuden a elegir cuál de los dos es mejor para nosotros. En el sistema de estimación objetiva, por ejemplo, el rendimiento es estimado en base a una serie de elementos propios del negocio, de manera que pagaremos la misma cuota tributaria todos los meses con independencia de los ingresos (o pérdidas) obtenidos por el negocio en el curso normal de su actividad. Este beneficio será tanto mayor cuanto mayor sea nuestro local o cuanto más empleados tengamos contratados.
El régimen de estimación objetiva es un sistema muy poco flexible que no tiene en cuenta las visicitudes propias de cada actividad. No se adapta a los altibajos propios de un negocio, de manera que si durante un periodo no hemos obtenido beneficios, la cuota tributaria a pagar será la misma que si hemos obtenido un beneficio más relacionado con esta cuota o incluso superior.
En cualquier caso, no todos los autónomos pueden acogerse a este régimen. Existen una serie de requisitos y límites cuantitativos modificados en virtud de la Ley 26/2014 por encima de los cuales el autónomo está obligado a tributar por el régimen de estimación directa. En los últimos años, el sistema de estimación objetiva ha estado en el punto de mira de Hacienda, ya que es un sistema que puede dar lugar la emisión de facturas falsas por servicios o productos no entregados a otras empresas para que estas últimas se puedan beneficiar de la deducción de un gasto no realizado.
¿Qué implica tributar por el régimen de estimación directa?
En el sistema de estimación directa, por el contrario, la cuota tributaria dependerá del rendimiento obtenido, siempre y cuando éste sea positivo y, por tanto, será diferente cada mes. Quedan al margen, por tanto, otras consideraciones objetivas de la actividad, que sí se tienen en cuenta en el sistema de estimación objetiva.
En esta modalidad, es necesario determinar el volumen total de ingresos, del cual se descontarán los gastos deducibles, obteniendo como resultado el beneficio o la pérdida neta, que será la base sobre la cual se aplicará el tipo impositivo correspondiente. Si la empresa declara pérdidas, no se paga nada.
Este sistema es mucho más fiel a la realidad. Pagaremos en función del resultado neto obtenido en el periodo. Sin embargo, también es mucho más complejo, ya que implica llevar una contabilidad y facturación mucho más estrictas (esta contabilidad también ha de llevarse en el sistema de módulos, al contrario de lo que mucha gente cree), tarea que se simplifica si optamos por un software de facturación online o programas de contabilidad, como los que ofrece Sage.
Entonces, ¿cuál es más conveniente?
Una vez vistas las características básicas de uno y otro sistema, veamos cuál de los dos es más conveniente en función de la actividad que realizamos y, sobre todo, en función de la facturación y beneficios obtenidos en el desarrollo de nuestra actividad.
La decisión depende, por tanto, de la estimación sobre los beneficios que tengamos sobre nuestra empresa:
- Si los rendimientos objetivos estimados por el sistema de módulos son inferiores a los rendimientos reales del negocio calculados con arreglo a un software de contabilidad, será aconsejable optar por la modalidad de estimación objetiva, siempre y cuando cumplamos con los requisitos para optar a esta modalidad. Por ejemplo, un bar con un local pequeño y con poco personal, pero con elevados ingresos, puede encontrar más beneficioso este sistema, ya que la cuota resultante será bastante más baja en relación a su beneficio real.
- Por el contrario, para una empresa que tenga un local grande, que consuma mucha electricidad y que tenga contratados bastantes empleados, será más conveniente acogerse al sistema de estimación directa, ya que con toda probabilidad los beneficios estimados estarán por encima de los beneficios reales, lo cual le puede servir también para resarcirse de las épocas de bajos ingresos.
- Si la previsión de nuestro negocio es que aumenten los beneficios en los próximos tres años y estamos tributando por módulos, puede ser interesante valorar la posibilidad de acogernos al régimen de estimación directa, dentro de la modalidad de estimación directa simplificada.
- En el caso de los nuevos emprendedores, para los que es muy habitual que los gastos superen los ingresos durante los primeros años, sería interesante optar por el sistema de estimación directa para, más adelante, en cuanto el negocio se consolide, valorar la posibilidad de tributar por módulos.
Hay que tener en cuenta una consideración adicional: el sistema de módulos, por sus peculiares características, no permite la aplicación de ningún gasto deducible, ni incluso la propia cuota de autónomo. Frente a ello, el sistema de estimación directa sí permite la inclusión de ciertos gastos que son necesarios para la obtención de los ingresos.
En definitiva, acogerse a uno u otro régimen es una decisión que depende del propio autónomo, de las necesidades de su negocio y, especialmente, de los rendimientos obtenidos.